| ¿Quién realiza la comercialización? |
| Se puede realizar por parte de las aseguradoras en forma directa o por medio de agentes de seguros autorizados por la C.N.S.F. Las autorizaciones a los agentes se otorgarán a las personas físicas o a los apoderados de los agentes de seguros persona moral. Los agentes y las actividades de intermediación para comercializar los seguros de pensiones se sujetarán a lo dispuesto por las leyes aplicables, el Reglamento de Agentes y las presentes reglas de operación. |